06/07/2007
El RENATRE continúa con los operativos de fiscalización en Misiones
El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (Renatre), delegación Misiones, informó que continúa trabajando a fin de exigir el cumplimiento de la Ley 25.191, Para tal fin, destacó que la modalidad de trabajo de las inspecciones, (donde se realizará un relevamiento de datos de los trabajadores), se ejecutará en terreno, llevando a cabo un exhaustivo rastrillaje de las zonas arriba detalladas, verificándose en las mismas, cualquier actividad productiva en la que se detecte ocupación de mano de obra. A su vez, el organismo comunicó a aquellos empleadores y trabajadores rurales que no se encuentren registrados en el organismo, que deben acercarse a la delegación Provincial o Boca de Entrega y Recepción (Ber) más cercana, a fin de regularizar de manera urgente su situación. En ese sentido, el Renatre advirtió que aquellos empleadores que no se encuentren dentro del marco de la Ley, serán pasibles de sanciones que oscilarán entre los 80 y los 5000 pesos por trabajador rural que no tengan registrado. El organismo rural recordó que el 17 de abril de 2006 publicó en el Boletín Oficial la resolución 245/06, donde resuelve que la falta de inscripción del empleador rural resultará una infracción muy grave, por lo que podrán ser sancionados con multas que oscilarán entre los 1000 y 5000 pesos, de acuerdo al tiempo transcurrido desde el vencimiento del plazo dispuesto para la inscripción, o desde el inicio de actividades, si éste fuera posterior. Asimismo, informó también la publicación en el Boletín Oficial de la misma fecha, la resolución 246/06, donde considera necesario establecer la fecha de validez del uso del formulario provisorio. Por ello, resuelve que el formulario provisorio es válido para su uso durante 120 días, desde la fecha de inscripción en el Renatre, computando como fecha de inscripción la obrante en el sello fechador, con el que se interviene cada formulario de inscripción, al momento de su presentación. Vencido el plazo de 120 días, y no contando con la Libreta de Trabajador Rural, el formulario carecerá de utilidad probatoria, quedando el empleador, incurso en las infracciones graves previstas en la Ley 25.191.
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